Calculadora Factura Autónomo con IRPF: Entiende de una Vez Cuánto Cobras Realmente

Tienes un proyecto valorado en 2.000 euros. Tu cliente te transfiere 2.240. Y aun así, a final de mes sientes que algo no cuadra cuando miras el saldo de tu cuenta. Ese descuadre tiene nombre: IRPF mal planificado.
La retención del IRPF en las facturas de autónomos es uno de esos conceptos que todo el mundo menciona y pocos explican con precisión. Hay una razón para ello: en apariencia es sencillo (un porcentaje que te descuentan), pero las implicaciones en tesorería anual son mucho más complejas de lo que sugiere ese porcentaje.
Esta guía va al grano. Qué es, cómo se calcula, qué tipos existen en 2026, cómo construir una factura correcta desde cero, qué diferencia hay entre retención e IRPF real, y cómo evitar los errores de planificación que llevan a sorpresas en junio. Todo con ejemplos numéricos reales, sin tecnicismos innecesarios.
Qué es el IRPF en una factura de autónomo y por qué aparece
El IRPF —Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas— es el impuesto que pagas sobre tus ingresos anuales totales. Pero en lugar de esperar a que calcules todo en la declaración de junio, Hacienda diseñó un sistema de pagos adelantados: las retenciones a cuenta.
El mecanismo funciona así: tu cliente empresa retiene un porcentaje de lo que te paga en cada factura y lo ingresa directamente a Hacienda en tu nombre antes de que siquiera toques ese dinero. Al presentar la declaración de la renta, ese dinero ya ingresado se descuenta de lo que debes pagar en total.
Resultado práctico:
- Si retuvieron de más durante el año → Hacienda te devuelve la diferencia (normalmente en julio-septiembre)
- Si retuvieron de menos → pagas la diferencia al presentar la declaración (junio-julio)
- Si la retención coincide exactamente con tu cuota → declaración a cero, ni cobras ni pagas
Lo que importa entender: la retención que aparece en tus facturas no es tu impuesto definitivo. Es solo una estimación anticipada de lo que deberás pagar, sujeta a ajuste una vez que se calculen tus ingresos y deducciones reales del año.
Los tipos de retención IRPF vigentes en 2026 para autónomos
No todos los autónomos aplican el mismo porcentaje. En 2026 existen varios tipos dependiendo de la actividad, la antigüedad y el nivel de ingresos:
| Situación del autónomo | Tipo de retención | Condición de aplicación |
|---|---|---|
| Primeros 3 años de actividad profesional | 7% | Desde el alta hasta el 31/12 del tercer año natural |
| A partir del 4.º año (ingresos bajos) | 7% | Rendimientos año anterior < 15.000 € y > 75% del total de rentas |
| Caso general (mayoría de autónomos) | 15% | Aplica por defecto a partir del cuarto ejercicio |
| Actividades agrícolas, ganaderas y forestales | 2% | Actividades del sector primario con epígrafes IAE específicos |
| Módulos (estimación objetiva) | 1% | Actividades en régimen de módulos dentro de los umbrales legales |
| Profesionales con actividad cultural/artística especial | 15% | Salvo que cumplan requisitos para tipo reducido |
"Muchos autónomos llevan años con el 15% sin plantearse si podrían aplicar el 7% por ingresos bajos. La clave es revisar cada enero si en el año anterior facturaste menos de 15.000 euros y eso representa más del 75% de tus ingresos totales. No lo hace Hacienda por ti: tienes que gestionarlo activamente."
Estructura completa de una factura de autónomo con IRPF en 2026
Una factura de autónomo legalmente correcta en España debe incluir obligatoriamente estos elementos:
- Número de factura (correlativo dentro de la serie, sin saltos)
- Fecha de expedición
- Datos del emisor: nombre completo o razón social, NIF, domicilio fiscal
- Datos del receptor: nombre o razón social, NIF/CIF, dirección
- Descripción detallada del servicio prestado
- Base imponible (el valor neto de tus servicios, sin IVA)
- Tipo de IVA aplicado y su cuantía en euros
- Tipo de retención IRPF y su cuantía en euros (si aplica)
- Total a pagar = base + IVA − retención
El total a pagar es lo que recibirás en tu cuenta bancaria. El IVA que incluyes lo devolverás trimestralmente a Hacienda mediante el modelo 303. La retención ya la ha ingresado el cliente en tu nombre y la recuperas como crédito fiscal en la declaración de la renta.
Ejemplo detallado paso a paso: factura con IVA 21% y retención 15%
Supongamos que cobras 1.800 € de base imponible por un proyecto de diseño web:
- Base imponible: 1.800,00 €
- IVA al 21%: + 378,00 €
- Retención IRPF al 15%: − 270,00 €
- Total a cobrar (lo que llega a tu cuenta): 1.908,00 €
Desglose de lo que pasa con cada euro:
- Los 378 € de IVA: no son tuyos. Los custodias y los entregas a Hacienda en el modelo 303 trimestral. Si tu actividad genera suficiente IVA soportado (en compras y gastos), puedes compensar parte o todo.
- Los 270 € de retención: ya están en manos de Hacienda, ingresados por tu cliente. En la declaración de la renta, esos 270 € reducen directamente tu cuota final.
- Los 1.800 € de base: son tu ingreso bruto de IRPF. De aquí restarás tus gastos deducibles para calcular el rendimiento neto.
Tabla completa de cálculo de facturas de autónomo con IRPF 2026
| Base imponible | IVA 21% | Con retención 7% | Total cobrado | Con retención 15% | Total cobrado | Diferencia en caja |
|---|---|---|---|---|
| 300 € | 63 € | 21 € ret. → 342 € | 45 € ret. → 318 € | 24 € |
| 500 € | 105 € | 35 € ret. → 570 € | 75 € ret. → 530 € | 40 € |
| 1.000 € | 210 € | 70 € ret. → 1.140 € | 150 € ret. → 1.060 € | 80 € |
| 1.500 € | 315 € | 105 € ret. → 1.710 € | 225 € ret. → 1.590 € | 120 € |
| 2.000 € | 420 € | 140 € ret. → 2.280 € | 300 € ret. → 2.120 € | 160 € |
| 3.000 € | 630 € | 210 € ret. → 3.420 € | 450 € ret. → 3.180 € | 240 € |
| 5.000 € | 1.050 € | 350 € ret. → 5.700 € | 750 € ret. → 5.300 € | 400 € |
Cuánto queda realmente en tu bolsillo: el cálculo del neto real anual
Muchos autónomos cometen un error de planificación que tiene consecuencias en junio: confunden el total cobrado con lo que realmente se queda en su bolsillo al final del año. El razonamiento correcto tiene varias capas:
- IVA cobrado: no es tuyo. Lo devuelves trimestralmente. Sácalo de la ecuación desde el principio.
- Retención IRPF cobrada: es tuya en teoría, pero Hacienda la tiene en depósito. Puede que tengas que devolver parte en la renta si tu tipo medio supera la retención practicada.
- Cuota de autónomos: gasto deducible, pero supone un desembolso real mensual (entre 200 y 500+ euros según tramo y bases elegidas).
- Gastos deducibles reales: oficina, teléfono, software, formación, gestoría. Estos reducen tu base imponible de IRPF.
- Provisión para IRPF: la diferencia entre la retención ya pagada y tu cuota real estimada según tramos.
La fórmula de tu neto anual real:
Ingresos brutos − Cuotas SS − Gastos deducibles = Rendimiento neto
IRPF sobre rendimiento neto − Retenciones ya pagadas = Pago adicional en renta (o devolución)
"Los autónomos que mejor gestionan su tesorería son los que abren una cuenta separada para IVA e IRPF desde el primer mes de actividad. No mezclan ese dinero con el operativo. Es un hábito que cuesta poco implementar y evita sustos de cinco cifras en abril y junio."
Gastos deducibles que reducen tu IRPF real como autónomo
La retención en facturas es el punto de partida del IRPF, pero lo que realmente pagarás depende de tu rendimiento neto, que es la diferencia entre ingresos y gastos deducibles. Aquí la lista de los más habituales en estimación directa simplificada:
- Cuotas de la Seguridad Social (autónomos): deducibles al 100%
- Alquiler de local u oficina afecto a la actividad: al 100% si es exclusivo
- Suministros del domicilio si trabajas desde casa: 30% de la parte proporcional al espacio afecto (si tienes el domicilio como oficina en la declaración censal)
- Teléfono y conexión a internet: 50% si hay uso mixto personal-profesional
- Vehículo: solo deducible si es de uso exclusivo profesional (muy difícil de justificar en estimación directa)
- Material de oficina, hardware, software: 100% si es para la actividad
- Formación relacionada con tu actividad: 100%
- Gestoría, asesoría fiscal y legal: 100%
- Seguros relacionados con la actividad: de responsabilidad civil, accidentes profesionales
- Publicidad y marketing: 100%
Con un gasto anual en deducciones de 8.000 euros sobre unos ingresos de 35.000 euros, tu base imponible del IRPF baja de 35.000 a 27.000 euros. A un tipo medio del 25%, eso supone 2.000 euros menos de IRPF a pagar. Las deducciones importan.
Facturas sin retención IRPF: cuándo no aplica y por qué
Hay situaciones concretas en las que una factura de autónomo no lleva retención del IRPF y eso es completamente correcto:
- El cliente es un particular: las personas físicas no están obligadas a retener IRPF cuando contratan servicios. Compras un servicio de diseño a un autónomo como persona privada, no practicas retención.
- Ventas de productos (no servicios): la retención aplica a rendimientos de actividades profesionales, no a compraventas de bienes.
- Operaciones intracomunitarias: facturas a empresas de otros países de la UE con NIF-IVA comunitario válido. La operación puede estar exenta de IVA y normalmente sin retención si el pagador no es obligado en España.
- Exportaciones fuera de la UE: el pagador extranjero no es un obligado a retener según la normativa española.
- Facturación a través de plataformas con retención centralizada: algunas plataformas ya practican la retención de forma centralizada y tú recibes el neto. Verifica siempre el certificado correspondiente.
Si emites una factura a un particular y no incluyes retención, no es un error. Es lo correcto. El problema puede surgir si no adviertes al cliente particular de que debe pagarte el importe íntegro con IVA, sin descontar nada.
Modelo 130 frente a retenciones: el sistema que confunde a muchos autónomos
Si eres autónomo en estimación directa (simplificada o normal), existe un mecanismo de pago trimestral del IRPF que depende de tu perfil de clientes:
¿Cuándo estás obligado a presentar el modelo 130?
Cuando más del 30% de tus ingresos durante el año anterior no estuvieron sujetos a retención (por ejemplo, clientes particulares, operaciones sin retención). En ese caso, pagas un fraccionado trimestral del 20% sobre el rendimiento neto acumulado.
¿Cuándo estás exento del modelo 130?
Cuando el 70% o más de tus ingresos del año anterior sí estuvieron sujetos a retención (clientes empresa que te retenían). En ese caso, la retención en facturas ya cumple la función de anticipo y no necesitas presentar el modelo 130.
La mayoría de autónomos que trabajan principalmente para empresas están exentos del modelo 130. Pero si tienes una mezcla significativa de clientes empresa y particulares, puede que sí debas presentarlo. Consulta con tu gestor la situación concreta de tu cartera de clientes.
Planificación fiscal: cuánto deberías provisionar cada mes según tus ingresos
Esta es la pregunta práctica que pocos explican con números concretos. ¿Cuánto dinero apartar cada mes para cubrir la declaración de la renta de junio?
| Ingresos brutos anuales | Retención practicada al 15% | Tramo IRPF estimado | Provisión adicional mensual recomendada |
|---|---|---|---|
| Hasta 15.000 € | 2.250 € | 19% | Probablemente a devolver |
| 15.000 – 25.000 € | 2.250 – 3.750 € | 19-24% | 50-80 €/mes |
| 25.000 – 40.000 € | 3.750 – 6.000 € | 24-30% | 100-200 €/mes |
| 40.000 – 60.000 € | 6.000 – 9.000 € | 30-37% | 250-400 €/mes |
| Más de 60.000 € | Más de 9.000 € | 37-45% | Planificación personalizada |
Estimaciones orientativas para estimación directa simplificada, sin considerar deducciones por mínimo personal, familiar u otras circunstancias que pueden modificar significativamente el resultado.
Errores de planificación que llevan a sustos en junio
Los asesores fiscales ven cada año los mismos patrones que generan problemas. Conocerlos te pone en ventaja:
- Gastar el IVA cobrado antes de presentar el modelo 303: ese dinero no es tuyo. Quien lo usa para gastos operativos se encuentra sin fondos el día 20 de abril, julio, octubre o enero.
- Ignorar que la retención del 7% puede no cubrir el IRPF real: si facturas 40.000 euros con 7% de retención, has ingresado solo 2.800 euros a Hacienda. Si tu cuota es de 9.000 euros, tienes un pago pendiente de 6.200 euros que debe estar provisionado.
- No controlar las deducciones durante el año: guardar facturas y registrar gastos es una tarea continua. Hacerlo en marzo con cajas de facturas arrugadas multiplica el riesgo de errores.
- Cambiar de régimen sin actualizar la retención: si pasas de módulos a estimación directa o viceversa, el tipo de retención cambia. Asegúrate de comunicarlo a tus clientes habituales.
- No verificar los certificados de retenciones de los clientes: si un cliente no ingresó lo que te retuvo, esa discrepancia puede salir en tu declaración de la renta y generar revisiones.
Herramientas para gestionar facturas con IRPF sin errores
La gestión manual de facturas con IVA y retención es viable cuando el volumen es pequeño. Cuando superas las 20-30 facturas mensuales, la automatización se convierte en necesidad.
Para cálculos rápidos de conversión en el día a día del negocio, herramientas como las de GlobalTool ahorran tiempo en operaciones frecuentes sin instalaciones ni suscripciones.
Para la generación de facturas con IVA y retención automáticos, software como Holded, Billin, Quipu o Contasol calculan todos los campos y generan los modelos tributarios trimestrales de forma directa. Muchos tienen plan gratuito para volúmenes bajos.
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Para profundizar en la fiscalidad específica del autónomo en España, existen guías prácticas de IRPF para autónomos actualizadas para 2026 en Amazon que cubren desde el alta hasta la optimización fiscal con ejemplos reales.
Qué diferencia hay entre retención IRPF y pago a cuenta del IS
Una aclaración necesaria para quienes trabajan tanto como personas físicas como a través de una S.L.: el IRPF y el Impuesto de Sociedades son tributos distintos con mecánicas diferentes.
- El autónomo persona física tributa por IRPF. Sus clientes empresa le practican retenciones que van a cuenta de ese IRPF.
- Una S.L. tributa por Impuesto de Sociedades (IS), no por IRPF. Sus facturas de servicios no llevan retención del IRPF (sí puede haber retención en alquileres u otras rentas específicas).
- Si eres socio de una S.L. y te pagas nómina, esa nómina sí tiene retención del IRPF como rendimiento del trabajo, no como rendimiento de actividades económicas.
Cambiar de autónomo a S.L. puede tener sentido a partir de ciertos niveles de ingresos, pero no siempre. La decisión depende del volumen, los gastos, los socios y la estructura de retribución. Consulta con tu asesor antes de dar ese paso.
Checklist antes de emitir una factura con IRPF
- Has identificado si el cliente es empresa/profesional (retención aplica) o particular (no aplica)
- El tipo de retención es correcto para tu antigüedad en la actividad (7% o 15%)
- La retención está calculada sobre la base imponible, no sobre base + IVA
- El total a cobrar = base + IVA − retención
- La factura incluye número correlativo, fecha, datos completos de ambas partes y descripción del servicio
- Tienes registro del importe retenido para cuadrar con el modelo 190 a final de año
¿Puedo negociar con el cliente que no me retenga IRPF?
No. La retención es una obligación legal del cliente cuando es empresa o profesional obligado a retener. No depende del acuerdo entre las partes. Si el cliente se niega a retener cuando está obligado, puede tener consecuencias para él con Hacienda. Tú, en cambio, puedes incluir la retención en tu factura y el cliente deberá respetarla.
¿Qué pasa si el cliente no ingresa la retención que me practicó?
Es responsabilidad del cliente, no tuya. Si en tu declaración de la renta incluyes las retenciones que aparecen en tu certificado anual y el cliente no las ingresó, Hacienda reclamará al cliente incumplidor, no a ti. Guarda siempre los certificados de retenciones de todos tus clientes empresa.
¿Cómo sé qué porcentaje de retención debo aplicar en mi factura?
Depende de tu antigüedad. Si llevas menos de tres años desde el alta en Hacienda (desde la presentación del modelo 036 o 037), aplicas el 7%. Si llevas más, aplicas el 15%, salvo que tus ingresos del año anterior fueran inferiores a 15.000 euros y representen más del 75% de tus rentas totales.
¿Tengo que indicar el tipo de retención en la factura?
Sí. La factura debe mostrar el tipo aplicado (7% o 15%) y el importe retenido en euros. Sin esa información, la factura es formalmente incompleta y el cliente puede rechazarla para sus registros contables y para el modelo 111 trimestral.
¿La retención IRPF se aplica en facturas simplificadas (tickets)?
No. Las facturas simplificadas no incluyen retención del IRPF. La retención solo aplica en facturas completas entre empresas y profesionales en el ejercicio de su actividad.
¿Qué modelos trimestrales afectan al IRPF del autónomo?
El modelo 111 (lo presenta el cliente con las retenciones que te practicó), el modelo 130 (pago fraccionado que presentas tú si no estás exento por más del 70% de ingresos sujetos a retención) y el modelo 100 (declaración anual de la renta en mayo-junio del año siguiente).
¿El autónomo societario tiene las mismas retenciones?
No. Una S.L. no es sujeto pasivo del IRPF, tributa por Impuesto de Sociedades. Si como socio administrador te pagas salario o nómina de la sociedad, esa retribución sí lleva retención como rendimiento del trabajo, con tipos y tablas distintos a los de actividades económicas.
¿Puedo deducir el importe retenido de mis compras a proveedores autónomos?
Como empresa o autónomo que paga a otros autónomos, debes practicarles la retención correspondiente e ingresarla mediante el modelo 111. El gasto del servicio del proveedor lo deduces como gasto de la actividad en tu IRPF o IS; la retención que practicaste la ingresas a Hacienda y no se deduce directamente de tus impuestos.
¿Si tengo varios clientes con distintos tipos de retención, cómo lo gestiono?
Con normalidad. Cada factura lleva el tipo que corresponde según tus circunstancias (7% o 15% según antigüedad), independientemente del cliente. Todos los importes retenidos a lo largo del año se consolidan en tu declaración anual como créditos fiscales. No hay conflicto.
¿La calculadora de factura con IRPF sirve también para facturas de alquiler?
El cálculo matemático es idéntico, pero los tipos difieren. Los arrendamientos de locales de negocio en 2026 tienen una retención del 19%, distinta al 15% estándar de servicios profesionales. Si alquilas un local y emites factura, aplica el 19%, no el 15%.
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